jueves, 18 de julio de 2013

  Que desagradable resulta tener que obedecer normas jurídicas reflejo de un criterio moral que se nos pretende imponer. Esa costumbre paternalista tan arraigada en nuestra sociedad es un signo claro de sometimiento ciudadano y un resabio del modo de intervenir propio de la(s) iglesia(s). Que en Chile, por ejemplo, un matrimonio de personas adultas, voluntariamente,  en pleno uso de su capacidad y con el grado de madurez suficiente tenga que esperar un año para divorciarse existiendo acuerdo entre ellas me parece, sencillamente, aberrante. Lo propio sucede en el campo de los anticonceptivos.

  Creo que de una buena vez el nivel del debate debe elevarse obviando la imposición de criterios morales en la dictación de normas jurídicas. Es tiempo que la moralidad sea situada donde exclusivamente le corresponde estar, esto es, en el plano extra-jurídico. Concretamente, la norma jurídica debe ser funcional y no moral.

  Cuesta creer que a estas alturas de la historia humana aún se debata en el parlamento si el aborto o el divorcio son instituciones buenas o malas para la sociedad y, por tanto, dignas de consagrarse jurídicamente, en circunstancias que en Chile se perpetúan más de 200.000 abortos al año y se separan de hecho  y derecho el 50% de las parejas que contrae matrimonio ¿A quiénes sino obstruidos puede importar lo ”bueno” o “malo” de esas realidades sociales cuando lo primordial es regularlas y dar un sustento jurídico que permita sobrellevar el problema e, incluso, resolverlo?  Nada refleja mejor que nuestros problemas jamás serán resueltos mientras recurramos a los políticos para resolver obstáculos técnicos, pero ese ya es otro tema.


  Válido resulta el juicio moral que tengamos respecto a un hecho o circunstancia en particular, pero ello no nos faculta para imponerlo legalmente. Por tanto, ideal se vuelve que una sociedad tenga la opción de elegir y que, para el efecto, el legislador ponga a disposición de los ciudadanos las distintas alternativas existentes. En esa directriz, el acceso al  aborto, el divorcio, la eutanasia, el matrimonio homosexual, las drogas, etc., debiera ser absolutamente legal y abierto. Así,  la ciudadanía podrá escoger y, consecuentemente,  quienes crean correcto fumar marihuana, abortar o divorciarse podrán hacerlo y, a contrario sensu, quienes lo consideren nocivo evitarán hacer uso de esas instituciones o sustancias. Y no crean que la libertad de acceso a las drogas, el divorcio o el aborto generarán un libertinaje o insurrección masivos; al contrario, las medidas de contingencia social terminan siempre por aplacar la consagración legal de estas figuras. Me explico: Las drogas perfectamente pueden ser legales y ello no acarreará un aumento en el consumo de estas sustancias porque el control social ¡Y NO LA PROHIBICIÓN JURÍDICA! hará su trabajo. De esa manera,  la imposición de criterios morales permanecerá estrictamente en el ámbito cultural, pero jurídicamente los individuos tendrán siempre la opción de elegir. Y éste, estimados,  es uno de los  principios rectores que los legisladores debiesen reconocer como piedra angular de su labor. Lo que en algunas doctrinas más progresivas de la juridicidad se denomina “análisis económico del derecho”. 

Natalia Bravo 

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